v Banca
de Segundo Piso.
Banca orientada a una
clientela constituida por personas de renta media o alta, gestionando su
cartera de inversiones así como prestando otra serie de servicios bancarios.
v Banca
Personal.
Banca orientada a una
clientela constituida por personas físicas de renta media o alta, gestionando
su cartera de inversiones así como prestando otra serie de servicios bancarios.
v Banca
de Segundo Piso
Entidad financiera autorizada
de hacer servicios de intermediación financiera, cuyo objetivo único es la
intermediación de recursos a favor de las entidades de intermediación
financiera y de las asociaciones o las funciones de carácter financiero.
v
Bancarización Privada: Se refiere a la
intermediación financiera (créditos) de las instituciones financieras privadas
respecto al PBI.
v Bancarización.
Es el nivel
de utilización
de los servicios financieros por parte de la población en general,
estableciendo una relación de largo plazo.
Existe
mayor grado de bancarización cuando aumenta el volumen de las transacciones
realizadas por los agentes económicos a través del sistema financiero.
v Caja
Municipal de Ahorro y Crédito.
Es
aquella que capta recursos del público y cuya especialidad consiste en realizar
operaciones de financiamiento, preferentemente a las pequeñas y microempresas.
v Cajeros
Automáticos (ATM).
Son los dispositivos electrónicos que
están interconectados con la empresa y que le permiten brindar diversas
operaciones y servicios a los usuarios mediante la utilización de tarjetas de
crédito y de débito.
v Cajeros
Corresponsales.
Son operadores de servicios
constituidos por personas naturales o jurídicas que funcionan en
establecimientos propios o de terceros, distintos de los del sistema
financiero, que conforme a un acuerdo contractual y bajo responsabilidad de la
empresa del sistema financiero, pueden prestar determinadas operaciones y
servicios.
v
Colocar: Depositar un dinero o
títulos en instituciones Financieras con determinadas condiciones pactadas.
v
Crédito a
microempresas (MES).
Son aquellos créditos directos o indirectos
otorgados a personas naturales o jurídicas, cuyo endeudamiento en el sistema
financiero no exceda de US$ 30 000 (o su equivalente en moneda nacional),
destinados al financiamiento de actividades de producción, comercio o
prestación de servicios.
v Crédito comercial:
Son aquellos créditos que se otorgan a las personas naturales o jurídicas cuyo
endeudamiento sobrepasa los $ 30 000 (o su equivalente en moneda nacional),
sirve para el financiamiento de la producción y comercialización de bienes y
servicios en sus diferentes fases.
v
Crédito comercial: Contratos de créditos
directos o indirectos otorgados a personas naturales y jurídicas, destinadas al
financiamiento de la producción y comercialización de afines y servicios en sus
diferentes fases.
v
Crédito de consumo: Es aquel crédito que se
otorga a las personas naturales, con la finalidad de atender el pago de bienes,
servicios o gastos no relacionados con una actividad empresarial. Podemos
encontrar productos tales como préstamos para estudios, vehiculares, entre
otros.
v
Crédito hipotecario: Crédito que otorga una
entidad financiera para la adquisición, construcción, refacción, remodelación,
ampliación, mejoramiento y subdivisión de vivienda propia, siempre que tales
créditos se otorguen amparados con hipotecas debidamente inscritas.
v
Crédito: Contrato por el cual una
persona natural o jurídica obtiene temporalmente una cantidad de dinero .Este
dinero prestado (Crédito o préstamo) debe ser devuelto conforme a las condiciones
que se ha pactado en un contrato y en un plazo determinado a cambio de una
remuneración en forma de intereses.
v
Créditos a Grandes
Empresas: Créditos
otorgados a personas jurídicas con ventas anuales mayores a S/. 20 millones
pero no mayores a S/. 200 millones en los dos últimos años, o a deudores que
hayan mantenido en el último año emisiones de instrumentos representativos de
deuda en el mercado de capitales.
v
Créditos a Medianas
Empresas:
Créditos otorgados a
personas jurídicas que tienen un endeudamiento total en el sistema financiero
(SF) superior a S/. 300 mil en los últimos seis meses y no cumplen con las
características para ser considerados como corporativos o grandes empresas.
Incluye también los créditos otorgados a personas naturales que tengan un
endeudamiento total en el SF (sin incluir créditos hipotecarios para vivienda)
superior a S/. 300 mil en los últimos seis meses, siempre que parte de dicho
endeudamiento corresponda a pequeñas empresas o a microempresas.
v
Créditos a Microempresas:
Créditos destinados a
financiar actividades de producción, comercialización o prestación de
servicios, otorgados a personas naturales o jurídicas, cuyo endeudamiento en el
SF (sin incluir créditos hipotecarios para vivienda) es no mayor a S/. 20 mil
en los últimos seis meses.
v
Créditos a Pequeñas
Empresas.
Créditos destinados a financiar
actividades de producción, comercialización o prestación de servicios,
otorgados a personas naturales o jurídicas, cuyo endeudamiento total en el SF
(sin incluir créditos hipotecarios para vivienda) es superior a S/. 20 mil pero
no mayor a S/. 300 mil en los últimos seis meses.
v
Créditos Corporativos.
Créditos otorgados a personas jurídicas
con ventas anuales mayores a S/. 200 millones en los dos últimos años, de acuerdo
a los estados financieros anuales auditados más recientes. Adicionalmente, se
consideran como corporativos a los créditos soberanos, a los créditos
concedidos a bancos multilaterales de desarrollo, a entidades del sector
público (incluyendo gobiernos locales y regionales), a intermediarios de
valores, a empresas del sistema financiero, a los patrimonios autónomos de
seguro de crédito y a fondos de garantía constituidos conforme a Ley.
v
CTS.
Cuenta de compensación por
tiempo de servicio, es un beneficio social que tiene como propósito fundamental
prever el riesgo que origina el cese de una relación laboral y consecuente
pérdida de ingresos en la vida de una persona y su familia.
v
Cuenta corriente.
El depósito en cuenta corriente es aquel
realizado en un banco, a nombre de una o más personas naturales o jurídicas,
que permite a los titulares de la cuenta girar cheques con cargo a los fondos
depositados en la misma y hacer aportes parciales en dicha cuenta. El banco
tiene la obligación de hacer efectivos los cheques, de acuerdo a su forma de
emisión, a la sola presentación del mismo, a menos que la cuenta no tenga
fondos suficientes.
v
Cuenta
de ahorros o Depósito de ahorro.
Es un depósito efectuado en
una institución financiera por un plazo indefinido. Los fondos depositados
pueden ser incrementados con aportes parciales y pueden ser retirados
parcialmente por el cliente sin previo aviso. Usualmente, están asociados a una
tarjeta de débito, mediante la cual se puede hacer retiros a través de cajeros
automáticos o efectuar consumo de bienes o servicios con cargo directo a los
fondos en dicha cuenta. Se usa generalmente para realizar transacciones en
locales comerciales que tengan un Terminal lector de tarjetas bancarias
denominado P.O.S. (por su expresión en inglés: Point of Sale – Puntos de Venta).
v
Depósito a plazo fijo.
Es aquel depósito efectuado
en una institución financiera, por un monto, plazo y tasa de interés convenido.
Son cuentas que le pagan un
mayor interés a los ahorristas a cambio de que el dinero que se deposita
permanezca por un periodo determinado sin ser retirado. El retiro de parte de
los fondos depositados antes del vencimiento del plazo produce el
incumplimiento del plazo pactado, por lo que generalmente se paga una tasa de
interés inferior a la acordada o incluso no se paga interés.
v
Depósito a plazo.
Depósitos que se mantienen en
una entidad financiera por un tiempo determinado, recibiendo intereses
superiores a los de una cuenta de ahorros, de acuerdo al monto y tiempo de permanencia
del depósito.
v
Deposito.
Contrato mediante una
persona entrega a otra un bien, quedándose este último en la obligación de
custodiar ese bien, conservarlo y devolverlo al reclamante.// monto que se
entrega a la entidad bancaria para su custodia y para la obtención de intereses
por esa cantidad .ese dinero pude ser
retirado por el individuo de acuerdo con un contrato establecido.
Estas condiciones deben ser
claramente conocidas por el público en general antes de firmar el contrato.
La cuenta corriente puede
tener asociada, al igual que una cuenta de ahorros, una tarjeta de débito que
permita efectuar movimientos de los fondos depositados en la misma, a través de
la tarjeta.
v
Empresa Afianzadora Y de
garantías.
Empresas cuya especialidad
consiste en otorgar afianzamiento para garantizar a personas naturales o
jurídicas ante empresas del sistema financiero o ante empresas del exterior, en
operaciones vinculadas con el comercio exterior.
Federación
Nacional De Cooperativas De Ahorro y De crédito Del Perú (Fenacrep).
Realiza actividades de
representación, defensa, educación cooperativa, asistencia técnica y, desde
1993, de supervisión de las cooperativas de Ahorro y Crédito del Perú (COOPAC).
Se encuentra bajo la
supervisión de la Superintendencia de banca y Seguros y AFP (SBS).
v
Federación Peruana de Cajas
Municipales de Ahorro Y Crédito (FEDCMAC).
Es una entidad de derecho
público con autonomía económica, financiera y administrativa; que representa al
Sistema de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito , brindando servicios de
asesoría ,capacitación y soporte informático ,teniendo la responsabilidad
jurídica de auditar al sistema ,garantizando la transparencia y el adecuado
manejo administrativo y financiero de las CMAC.
Asimismo, la FEPCMAC se
caracteriza por ser un ente altamente competitivo y sostenible; que proyecta
alternativas de desarrollo del sistema de Cajas Municipales de Ahorro y
Crédito.
v
Superintendencia de Banca Y
Seguros
Organismo de control del
sistema financiero nacional, controla en representación del estado a las
empresas bancarias, financieras, de seguros y a las demás personas naturales y
jurídicas que operan fondos públicos.
El objetivo es fiscalizar
al Banco central de Reserva del Perú, banco de la nación e instituciones
financieras de cualquier naturaleza. La función fiscalizadora de la
superintendencia puede ser ejercida en forma amplia sobre cualquier operación o
negocio.
v
Banco central del reserva
del Perú
Encargado de regular la
moneda y el crédito del sistema Financiero .Sus funciones principales son:
·
Propiciar
que las tasas de interés de las operaciones bancarias del sistema financiero estén
determinadas por la libre competencia, regulado por el mercado.
·
La
regulación de la oferta monetaria
·
La
administración de las reservas internacionales (RIN).
·
La
emisión de Billetes y Monedas.
EDYMES
(Empresas De Desarrollo De Pequeña Y Microempresa).
Instituciones cuya
especialidad consiste en otorgar financiamiento preferentemente a los
empresarios de la pequeña y microempresa.
Cajas
Rurales de Ahorro y Crédito.
Son las entidades que
captan recursos del público y cuya especialidad consiste en otorgar
financiamiento preferentemente a los empresarios de la pequeña empresa.
Empresas
Financieras.
Lo conforman las
instituciones que capta recursos del público y cuya especialidad consiste en
facilitar las colocaciones de primeras emisiones de valores, operar con valores
mobiliarios y brindar asesoría de carácter financiero.
Entidades
Microfinancieras.
Son aquellas entidades que
brindan servicios financieros como préstamos, ahorro, seguros o transferencias
a hogares de bajo recursos económicos .Entre estas posibilidades, la mayoría de
las instituciones del sector se ha dedicado al microcrédito, que son prestamos
pequeños que permiten a las personas, que no poseen las garantías reales
exigidas por la banca convencional, iniciar o ampliar su propio emprendimiento
y aumentar sus ingresos.
v Número de Depositantes.
Se refiere a la información de
depositantes remitida por cada empresa. Por lo tanto, el total podría estar
sobreestimado, debido a que una persona puede tener depósitos en varias
empresas.
v Número de Deudores.
Corresponde a las personas naturales o jurídicas
que mantienen créditos en una empresa del sistema financiero. Para efectos de
su cálculo se considera dos dimensiones: a nivel entidad, donde el número total
de deudores puede no ser igual a la suma de personas por tipo de crédito, en
tanto que una persona puede tener más de un tipo de crédito y a nivel de su
sistema, donde se consolida la información de cada tipo de entidad, es decir,
considera al deudor como único aún si éste tiene créditos de diferentes tipos y
en diferentes empresas del sistema financiero.
v Número de Oficinas.
Corresponde al número de oficinas de la
entidad que captan depósitos y/o colocan créditos, en el país o en el
extranjero.
v
Prestamos: Suma de dinero entregado al
prestatario o usuario del crédito por un plazo determinado, comprometiéndose a
pagar una suma adicional (interés por dicho crédito).
v
Prestatario: Persona que recibe una
cantidad de dinero con la obligación de lo, junto con los intereses acordados,
al cabo de un tiempo fijado.
v
Producto Financiero.
Es el activo Financiero creado para su venta a
los inversores .Es sinónimo de instrumento financiero.
Son los dispositivos electrónicos que
están interconectados con la empresa y que le permiten brindar diversas
operaciones y servicios a los usuarios mediante la utilización de tarjetas de
crédito y de débito.
Son los que suponen un crédito frente a su emisor siendo
por ello activo para su titular, así las obligaciones .bonos, pagares, etc. //
en general son documentos que incorporan la titularidad de activos de contenido
financiero y susceptibles de negociación en los mercados de capitales.
Son operadores de servicios constituidos
por personas naturales o jurídicas que funcionan en establecimientos propios o
de terceros, distintos de los del sistema financiero, que conforme a un acuerdo
contractual y bajo responsabilidad de la empresa del sistema financiero, pueden
prestar determinadas operaciones y servicios.
v
Tarjeta de crédito.
Cualquier tarjeta destinada a ser utilizada
por su titular o usuario en la adquisición de bienes o en el pago de servicios,
vendidos o prestados por establecimientos afiliados al correspondiente sistema.
Es emitida por una entidad
financiera y se encuentra asociada a una línea de crédito otorgada por dicha
entidad al titular de la tarjeta, bajo condiciones que se establecen al momento
de la aceptación de la tarjeta.
v
Tasa de Interés.
Se define como la medida porcentual del valor
del dinero en el tiempo y se expresa en % de la cantidad original por unidad de
tiempo.
v
TCEA (Tasa de costo efectivo
anual).
La tasa que incluye todo lo que se paga por
una crédito .Financieramente Hablando, es la TIR (Tasa de interés de Retorno)
que se iguala los flujos de pago de los clientes con el monto recibido en
préstamos. En esta Tasa, de acuerdo a la SBS se resumen los cargos cobrados por
las cuenta de cargos por los servicios por la entidad y asumidos por el cliente
y tasa de interés compensatorio efectiva anual (TEA).
v
TEA (Tasa efectiva anual).
La tea es el costo efectivo anual del
dinero y está presente en productos ahorro (operaciones pasivas) y en préstamos
(operaciones activas) la tea es el porcentaje real que se a aplicar a la
operación a final de año (para plazos menores se aplica la tasa equivalente
mensual (TEM) a la tasa efectiva diaria (TED).